PLAZO PARA REGULARIZAR LA DOCUMENTACIÓN LABORAL

PLAZO PARA REGULARIZAR LA DOCUMENTACIÓN LABORAL

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba, mediante Resolución N° 8 de fecha 22/03/2022, estableció el plazo para que los empleadores, ya sean personas físicas o jurídicas podrán presentar sin sanciones toda la documentación laboral correspondiente y obligatoria correspondiente a los últimos dos años, es decir desde marzo del año 2020.

Dicho plazo, sin consecuencias de imposición de sanciones hacia el empleador, se extiende hasta el próximo 30 de junio inclusive.

Luego de haber realizado un relevamiento de datos, el Ministerio de Trabajo advierte la cuantiosa morosidad de empresas que no han presentado la documentación laboral correspondiente y obligatoria en estos últimos dos años en el Sistema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y Documentación Laboral (SIDREL), en relación a libros, planillas y demás documentación con certificado digital de personas físicas y jurídicas para su rúbrica.

Pese atribuirle el incumplimiento a la situación excepcional generada por la pandemia provocada por el virus COVID 19 y, su consecuente ASPO y DISPO, el Ministerio de Trabajo advierte que, vencido el plazo fijado, se procederá a la aplicación de sanciones a los empleadores incumplidores.   Por último, el Ministerio de Trabajo mediante la Resolución 8/22 informa que se encuentra vigente el Régimen de Simplificación y Modernización de la Administración por el cual se eliminó el formato papel como soporte de expedientes, trámites, notas, etc., debiendo presentar cualquier trámite por medios digitales o electrónicos.

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